23/3/08

Resolución 23: Libreta de Salud

Este año tenemos una Resolución que nos ampara legalmente, en cuanto a las clases de Educación Física escolar, ademas del Memorandum que explica sobre la leyenda "Apto para la practica de ejercicios físicos escolares", que deben colocar los medicos en las Libretas. Esta normativa se esta solicitando desde la Supervisión de Educación Física.
RESOLUCION N° 23 ME-2008
SAN LUIS, 08 de Febrero de 2008


VISTO y CONSIDERANDO
:
Que uno de los principales objetivos del
Ministerio de Educación y de cada uno de los establecimientos educativos de
la Provincia es lograr la permanencia en el sistema educativo de todos los
alumnos incluidos en el mismo, optimizando los resultados de la enseñanzaaprendizaje;
Que para conseguir este propósito es necesario
que niños, niñas y adolescentes posean buen estado de salud a fin de poder
alcanzar un correcto crecimiento y desarrollo, lo cual facilita el aprendizaje y
por ende su continuidad en el sistema;
Que atento a lo expresado precedentemente
resulta necesario que cada establecimiento educativo de la Provincia de San
Luis solicite al momento de la inscripción la Libreta de Salud del alumno/a
debidamente actualizada;
Por ello y en uso de sus atribuciones,

LA MINISTRO SECRETARIO DE ESTADO DE EDUCACION

R E S U E L V E :

ART.1°.- Establecer que al momento de la inscripción los establecimientos
educativos deberán solicitar la presentación de manera obligatoria
de la Libreta de Salud del aspirante debidamente actualizada.-
ART.2°.- Disponer que en los casos de alumnos/as que se hubieren inscripto
en el año 2007, los establecimientos educativos deberán solicitar la
presentación de la Libreta de Salud actualizada, en el transcurso del
primer mes de clases.-
ART.3°.- Disponer que por medio del Programa Educación Obligatoria se
realizarán las notificaciones a todos los establecimientos educativos
de la Provincia de San Luis.-
ART.4°.- Hacer saber a: Programa Educación Obligatoria, Programa
Innovación, Programa Organización y Administración Educativa y
Programa Educación Superior y Desarrollo Profesional.
ART.5°.- Comunicar y archivar.-SRA. SILVIA
ES COPIA:
SRA. SILVIA RODRIGUEZ

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